DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, a fin de garantizar la tutela judicial efectiva de carácter constitucional establecida en el artículo 26 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Sección Adolescente Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 44 y 257 Constitucional en concordancia con el 548 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niños, Niñas y del Adolescente, hace el siguiente pronunciamiento: UNICO: Ordena la libertad inmediata de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cédula de identidad OMITIDA, y deja sin efecto la orden de captura librada en auto de fecha 13-06-07, inserto al folio 168 de la presente causa len contra de la precitada adolescente en oficios de esta misma fecha, para lo cual acuerda oficiar a los Organismos de Seguridad competentes. Líbrese boleta de libert.....