DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO N° 1, SECCIÓN ADOLESCENTES, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: ACUERDA: PRIMERO: Se deja sin efecto la orden de captura, Por ante este Tribunal. Ofíciese a los organismos competentes. SEGUNDO: En relación al pedimento de la defensa este Tribunal niega la solicitud de prescripción tomando en consideración que la última requisitoria realizada por este Tribunal librada en contra del adolescente de marras fue en fecha 22-07-2008, por lo tanto interrumpe la prescripción conforme a lo establecido en el artículo 110 del Código Penal Vigente.
TERCERO: Se acuerda que la presentación periódica del adolescente la cual deberá reiniciar cada ocho (8) días por ante la Prefectura de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del Estado Falcón, de conformidad con el artículo .....