este Tribunal en Funciones de Juicio Nº 1, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los Artículos 26,49,de la Constitución Bolivariana de Venezuela en armonía con los Artículos 373,372 y 64 del Código Orgánico Procesal Penal y en armonía con el Articulo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente ACUERDA CONSTITUIRSE EN TRIBUNAL UNIPERSONAL EN LOS CASOS DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO, declarando sin lugar la solicitud realizada por la Fiscal Décimo Segunda del Ministerio Público.