ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO N° 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, vista la admisión de los hechos que en forma libre sin coerción y apremio realizaron los acusados DECIDE:: CONDENA a los adolescentes, VILLARREAL BRICEÑO CARLOS ALFREDO , venezolano, de 17 años de edad, nacido el 14-10-86, titular de la cedula de identidad N° 18.797.688 estudiante, hijo de MARIA ELENA BRICEÑO Y EVELIO VILLARREAL domiciliado en Ejido, via el Cementerio , sector los Rosales , calle las Delias, casa s/n al lado de los Galpones Orlysan . Como coautor del delito de ROBO PROPIO Y LESIONES INTENCIONALES MENOS LEVES previsto en el Articulo 457 Y 415 del Código Penal ; sancionado en el Articulo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de PEÑA DOUGLAS, y en consecuencia impone las medidas establecidas en el Articulo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente literales.....