CAPÍTULO VI
DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal unipersonal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 1 Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Sanciona al adolescente identidad omitida, antes identificado, a cumplir con la sanción privación de libertad, consistente en la internación del adolescente en el Centro Penitenciario Región Andina, por el lapso de dos (2) años, por la comisión de los delitos de Robo Agravado y Porte Ilícito de Arma Blanca, previstos en los artículos 458 y 277, del Código Penal vigente, en concordancia con el artículo 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos y sancionado en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de Luis Alberto Espinoza Peña. Fijándose provisionalmente como fecha en que la condena finaliza el 25-04.....