PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto mediante diligencia de fecha de fecha 17 de noviembre de 2021 (f. 68), por el abogado JOSE GREGORIO ARANGUREN, apoderado judicial de la ciudadana MARISELA ROSALES OMAÑA, parte demandada, contra la sentencia de fecha 4º de noviembre de 2021 (fs. 63 al 65vto), dictada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia definitiva de fecha 4 de noviembre de 2021(fs. 63 al 65), proferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. TERCERO: Como consecuencia de la declaratoria con lugar de la demanda, se declaran inexistentes las compraventas objeto de la acción, contenidas en los documentos siguientes: a) el inscrito en la Oficina de Registro Público del Municipio Rivas Dávila del estado Mérida, e.....