PRIMERO: CON LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido mediante diligencia de fecha 27 de febrero de 2008 (folio 84), por el abogado en ejercicio CARLOS JOSÉ NAVAS RAMÍREZ, en su condición de apoderado judicial del ciudadano CÉSAR AUGUSTO RUÍZ FLORES, parte co-demandada en la presente causa, contra la decisión de fecha 18 de febrero de 2008, proferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, que declaró sin lugar la oposición formulada por el ciudadano CÉSAR AUGUSTO RUÍZ FLORES, contra la medida preventiva de secuestro decretada por ese Tribunal, y, en consecuencia, ratificó la medida de secuestro decretada en fecha 31 de julio de 2007, condenó en costas al referido ciudadano opositor de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil y, ordenó la notificación de las partes de conformidad con el artículo 251 eiusdem, en el juicio incoado por la ciudadana LUZ MARÍA SANTAEL.....