PRIMERO: EXTINGUIDA la apelación formulada por el ciudadano NEDAL BARJAS BERJAS, en su condición de parte demandada, contra la sentencia interlocutoria de fecha 14 de enero de 2016 (fs. 01 al 06), dictada por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en El Vigía, en el juicio seguido contra el recurrente por el ciudadano NAHUN LEE SALINAS ROJAS, por cobro de bolívares por intimación. SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo, no se hace especial pronunciamiento sobre las costas del recurso.