En virtud de las consideraciones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega la admisión del recurso de casación que contra la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha 14 de julio de 2015, fuera anunciado por la parte demandante en el presente juicio, abogado RICARDO JOSÉ PARADA QUIÑONEZ,. Así se decide.
Finalmente, este Tribunal deja constancia que el trece (13) de agosto de 2015 venció el lapso de diez días de despacho previsto legalmente para el anuncio del recurso de casación y que hoy, catorce (14) de agosto del corriente año, es el primer día de despacho siguiente al vencimiento de dicho lapso