PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido mediante diligencia de fecha 27 de septiembre de 2011, por el abogado en ejercicio RUBÉN SULBARÁN, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana MARÍA LILIA BLANCO PEREIRA, contra la sentencia de fecha 02 de agosto de 2011, mediante la cual el Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declaró la perención de la instancia, en el juicio que por cobro de bolívares vía intimatoria fuera incoado contra la ciudadana ROSA MARGARITA ARAQUE.
SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, y con base a los motivos de hecho y de derecho expuestos en la parte motiva del presente fallo, se declara consumada la Perención de la Instancia prevista en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedi.....