PRIMERO: Se HOMOLOGA la transacción celebrada entre entre el abogado en ejercicio JORGE PÉREZ LEAL, quien actúa con el carácter de apoderado de la parte actora, ciudadana REYNA MARÍA ZAMBRANO PEÑA, y la ciudadana SAHONARA LOURDES ALTUVE CALDERÓN, quien actúa como representante legal de la empresa demandada SAHEN C.A., asistida en este acto por la abogada ATHALIA DÁVILA DE TINO, en fecha 10 de noviembre de 2015 (folios 268), y, en consecuencia, le imparte a dicho acto de composición procesal el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y se advierte que una vez quede firme el presente fallo, se declarará terminada la causa y se ordenará su remisión al tribunal de la causa.
SEGUNDO: SE SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 17 de septiembre de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito Circunscripción Judicial del Estado Mérida, decreto que obra a los folios 65 al 70 del Cuaderno Separad.....