PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 3 de febrero del 2022 (f. 43), por el ciudadano JOSÉ DEL CARMEN GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, parte querellante, asistido por el abogado WILMER GONZALO BELANDIA BRAVO, contra la sentencia dictada en fecha 07 de diciembre de 2021(fs. 38 al 42), por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, mediante la cual declaró inadmisible la querella interdictal de despojo. SEGUNDO: Se CONFIRMA el fallo dictado el 7 de diciembre de 2021 (fs. 38 al 42), por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA TERCERO: Se declara INADMISIBLE la querella interdictal interpuesta por el ciudadano JOSÉ DEL CARMEN GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº 9.023.040, domiciliado en el Vigía, Municipio.....