PRIMERO: Se declara LA NULIDAD del auto de fecha 22 de julio de 2010, inserto al folio 61 del presente expediente, mediante el cual el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en Tovar, considerando vencido "el lapso legal correspondiente" (sic), para el ejercicio de los recursos contra la decisión definitiva de fecha 17 de junio de 2010, ordenó remitir original del presente expediente al Juzgado Superior (Distribuidor) en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de la consulta legal correspondiente, así como de todas las actuaciones procesales subsiguientes cumplidas en la presente causa.
SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, se decreta LA REPOSICIÓN de la causa al estado al estado en que se encontraba para el 22 de julio de 2010, a los fines de que el Tribunal a quo proceda a notificar al presunto entredicho, c.....