En virtud de las consideraciones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega la admisión del recurso de casación que contra la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha 12 de agosto de 2015, fuera anunciado por la parte demandada en el presente juicio, ciudadano CARLOS JAVIER CONTRERAS CONTRERAS, asistido en este acto por la abogado KARELIA COROMOTO CONTRERAS QUINTERO. Así se decide.
Finalmente, este Tribunal deja constancia que el veinte (20) de octubre de 2015 venció el lapso de diez días de despacho previsto legalmente para el anuncio del recurso de casación y que hoy, veintiuno (21) de octubre del corriente año, es el primer día de despacho siguiente al vencimiento de dicho lapso.