Se declaró LA NULIDAD de la providencia contenida en el auto de admisión de la demanda que dio origen al procedimiento, dictada el 06 de julio de 2004 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en el presente juicio de divorcio, mediante la cual ordenó el emplazamiento de las partes para el primer acto conciliatorio. Asimismo, se declaró LA NULIDAD de los demás actuaciones procesales subsiguientes a dicho acto, incluida la sentencia definitiva recurrida, proferida por dicho Tribunal el 21 de marzo de 2006. Se decretó LA REPOSICIÓN de esa causa al estado en que se encontraba para la fecha en que ocurrió el primer acto irrito, es decir, el 06 de julio de 2004.