Se declaró CON LUGAR la apelación interpuesta por el coapoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión contenida en la sentencia definitiva proferida el 27 de septiembre de 2011, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida. SE REVOCÓ, la decisión contenida en la mencionada sentencia definitiva, referente a la ratificación de la medida acordada por el mencionado Tribunal en fecha 13 de mayo de 2010, dictada en el cuaderno separado de Régimen Familiar. Se ADVIRTIÓ que la anterior revocatoria no comprende las decisiones relativas a la disolución del vínculo matrimonial, y al monto establecido por concepto de Obligación de Manutención. No se hizo especial pronunciamiento sobre las costas del recurso.