Se declaró CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora el 18 de septiembre de 2007. contra la sentencia interlocutoria del 30 de julio de 2007, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida. Se REVOCÓ en todas y cada una de sus partes la decisión apelada.