Se declaró CONFIRMADA la perención y en consecuencia EXTINGUIDA la instancia incoado por ante el Juzgado a quo. Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 4 de junio de 2012, por la parte actora, contra la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva dictada el 18 de enero de 2012. Se condenó en costas a la parte recurrente.