PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de divorcio intentada por el ciudadano ROMULO ENRIQUE RODRIGUEZ SOSA, contra su cónyuge ciudadana JASMIN DIMARY DAVILA DAVILA, antes identificados, En consecuencia se declara disuelto el vínculo conyugal entre ambos, con arreglo a matrimonio celebrado por ante el Prefecto Civil de la Parroquia Matriz Municipio Campo Elías, Ejido Estado Mérida, en fecha veintitrés de marzo del dos mil, según acta Nº 26.
SEGUNDA: Por cuanto de autos consta que durante la unión conyugal no procrearon hijos, el Tribunal no dicta providencia alguna al respecto.
TERCERA: Se declara extinguida la comunidad de gananciales entre los cónyuges conforme a la ley, ordenándose proceder a la partición de los mismos si los hubiere, una vez quede firme la presente decisión.
CUARTO: Por cuanto la presente decisión es publicada fuera del lapso de Ley, motivado al gran numero de causas que cursan por antes este Tribunal por resolver, entre ellos recursos de amparos los cuales deben .....