En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de sus Constitución y leyes, de conformidad con los artículos 936 y 937 ejusdem, DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSE ONOFRE MARQUEZ BELANDRIA, a sus legítimos herederos, ciudadanos ENEDINA GOMEZ DE MARQUEZ, MARIA MARLENI, IVAN DEL CARMEN, GUSTAVO ADOLFO, MARY CONSUELO, EMILDA ROSA, JOSE AMILCAR MARQUEZ GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de la cedula de identidad números V-1.704.904, V-4.699.782, V-3.960.519, V.-3.961.174, V.-5.509.243, V.-9.020.590, V.-9.195.148 así como los ciudadanos: JEANETTE TERESA, DORALBIS, MARIA NEREIDA, JESUS ALFONSO MARQUEZ PUENTES, JOSE ONOLVE, ISABEL IVONNE, MAYERLIN CAROLINA, JOSE FRANCISCO, JEAN CARLOS MARQUEZ MENDEZ y BELKIS JUDITH MARQUEZ CHACON, como hijos, domiciliados en Mérida Estado .....