IMPROCEDENTE IN LIMINI LITIS la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana LETICIA GUERRERO DE PEREIRA, asistida por el abogado JOSÉ LUIS BUENAÑO, contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, hoy con su nueva denominación Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 17 de octubre de 2013, en la causa signada con el número 7235 de la nomenclatura de dicho Tribunal, por no haber cumplido con los requisitos previstos en el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 1 y 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y jurisprudencias citadas (2000-2007).