DISPOSITIVA
Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Constitución y sus Leyes declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por la ciudadana KARELYS NOHELY ARAQUE SALAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.579.592, debidamente asistida por el abogado YHONNEL OMAR ROJAS UZCATEGUI, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 141.469, contra el Registro Civil De La Parroquia Domingo Peña Municipio Libertador, De La Ciudad De Mérida, Estado Bolivariano De Mérida, de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con los artículos 18 y 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Adm.....