DECISIÓN
Por las razones que anteceden este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Constitución y sus Leyes, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR las cuestiones previas contenida en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, interpuesta por la ciudadana Rosaura Hernández Peña, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°10.106.685, a través de sus apoderados judiciales Abogados Juan Carlos Briceño Torres y Dayana del Valle Veliz Lobo, inscrita en el Inpreabogado bajo los Números 153.526 y 225.019. Y ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 8° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referida a la CUESTIÓN PREJUDICIAL, interpuesta por la ciudadana Rosaura Hernández Peña, venezolana, mayor de edad, t.....