SIN LUGAR el fraude procesal colusivo intentado por el abogado FRANCISCO PULIDO ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº 2.456.186, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 4470, contra los ciudadanos JORAN NOE ZAMBRANO VALERO Y MARIA ANA DELIA CAMACHO DE ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 1.940.751 y 3.991.161, de conformidad con lo establecido en el artículo 152 ordinal 7º del Código Civil y acogiendo el criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia N° 908, de fecha 04 de agosto de 2000, dictada bajo ponencia del magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO (caso: acción de amparo incoado por Hans Gotterried Ebert Dreger).