REPONE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con los artículos 206 y 211 del Código de Procedimiento Civil, al estado de nombrar nuevo Defensor Ad-Litem. Se declaran nulas y sin ningún efecto las actuaciones cumplidas en este juicio con posterioridad al día 10-07-2001, incluyendo la fecha señalada. Se advierte a las partes que por auto separado se procederá a dicha designación, una vez quede firme la presente decisión.