DISPOSITIVA
Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Constitución y sus Leyes declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de falta de cualidad pasiva intentada por el ciudadano FREDDY ALEXANDER SÁNCHEZ, a través de su apoderada judicial abogada LUZDARY FONSECA DE PEREIRA.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de NULIDAD DE VENTA, incoada por el ciudadano JUAN CARLOS II LÓPEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.445.774, domiciliado en la ciudad de Barinas, estado Barinas, civilmente hábil, asistido en la oportunidad legal por los abogados LEONARDO COLMENARES RINCON y MARÌA ANDREÍNA FEBRES, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 4.212.232 y V.- 14.936.591, en su orden, inscritos en el .....