Por las consideraciones anteriormente hechas este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y sus Leyes, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de DIVORCIO intentada por el ciudadano VICTOR JULIO HILL REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.158.658, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábil, debidamente representado por la abogada en ejercicio MARGARITA SANTIAGO SANTIAGO, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 42.771, contra su cónyuge la ciudadana MARIA AUXILIADORA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 4.489.128, domiciliada en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábiles, de conformidad con el ordinal 2° del artículo 185 del Código. Y ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara disuelto el vín.....