PRIMERO: CON LUGAR la interdicción Civil, interpuesta por la ciudadana CLAUDIA YANETH BAYONA DE RONDON venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.467.650, debidamente representada por los abogadas en ejercicio ERIKA ALEJANDRA VASQUEZ BOSETTI, JUDITH DIAZ y JOSE GREGORIO RAMIREZ MALDONADO, contra la ciudadana CLAUDIA ANTONIETA PEREZ BAYONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.125.568, domiciliada en Ejido del Estado Mérida. Y así se decide.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se decreta la INTERDICCION de la ciudadana CLAUDIA ANTONIETA PEREZ BAYONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.125.568, domiciliada en Mérida Estado Mérida, por padecer de "RETARDO MENTAL GRAVE CON HIPOTONIA CONGENITA y RASGOS FENOTIPICOS DE SINDROME DE OSTEOCONDRODISTROFIA", que la imposibilita para realizar actos de administración de sus bienes, por estar llenos los extremos legales a que se contraen los artícu.....