SE DECLARÓ "CON LUGAR LA PARTICIÓN, intentada por la parte demandante Abogada en ejercicio ANA BEATRIZ PEÑA GAMBOA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 128.007, actuando en este acto con el carácter de apoderada judicial del ciudadano JESUS DE JOSE BLANCO SANCHEZ, (fallecido) venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-676.683, y del ciudadano JOSE NOLBERTO BLANCO PIÑA, actuando en nombre y representación de los coherederos ciudadanos NELLY COROMOTO, PEDRO ANTONIO, JESUS RAFAEL, ELSY MARIA, CARLOS EDUARDO Y MARIA AUXILIADORA BLANCO PIÑA, del causante ciudadano JESUS DE JOSE BLANCO SANCHEZ, como parte actora contra el ciudadano JOSE MARCIAL RIVAS MORENO, (fallecido), quedando como heredera conocida la ciudadana María Cenovia Rivas de Rodríguez, todos representados de abogados, sobre el inmueble ubicado en la calle 2, casa Nº 0-115, Pasaje María Flores, Sector Campo de Oro Municipio Libertador del Mérida Estado Mérida, el cual tiene un área de construcci.....