INADMISIBLE la demanda de Petición Hereditaria incoada por la abogada Belkis Luzardo de Visbal, titular de la cédula de identidad número V.-10.243.961, actuando en su propio nombre y representación, contra la ciudadana Teofila Rodríguez de Luzardo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.099.658 y como tercero al ciudadano Carlos Eduardo Rodríguez, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil.