Por las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el derecho de la abogada LUISA CALLES, al cobro de honorarios profesionales por las actuaciones signadas en el libelo con las letras ch),d), e), f), g), h), i), j), k), l) y ll) realizadas en el expediente Nº 6018, cursante por ante el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTILY DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, contra la ciudadana OLGA IZARRA. Y ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, y que la parte intimada a través de su apoderado judicial Abogado en ejercicio JULIO CÉSAR BALZA DÁVILA, se acogió al derecho de retasa a que se contrae el articulo 25 de la Ley de Abogados, una vez quede f.....