Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Art. 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante MARCOLINO MORENO RUIZ, a su esposa ciudadana MARIA OMAIRA PEÑALOZA DE MORENO y a sus hijos MARY BEATRIZ MORENO PEÑALOZA, MARCOS JAVIER MORENO PEÑALOZA, JESUS MANUEL MORENO UZCATEGUI, MARIA AUXILIADORA MORENO UZCATEGUI y LUCILA JOSEFA MORENO UZCATEGUI, dejándose a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones legales mencionadas. Se ordena hacer entrega a la parte promovente de la solicitud original.Désele salida.