El Tribunal negó la solicitud de ACCION POSESORIA, formulada en el libelo de la demanda, por la ciudadana ALBERTINA DEL CARMEN RAIREZ DE VERGARA, asistida por la abogada YRAIBA YUDITH HERNÁNDEZ DURAN, en virtud de que en la misma se omitió el cumplimiento de la exigencia formal contenida en el artículo 210 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual resulta aplicable a este procedimiento.