El Tribunal declaró nulo el auto de admisión de la demanda así como los actos subsiguientes a dicho auto, dejando con plena vigencia la decisión dictada en fecha 17 de marzo de 2009, mediante la cual declinó la competencia, y demás actuaciones cumplidas en este proceso por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida. Y repusó la causa al estado de que la parte actora presente nueva demanda.