El Tribunal declaró válidas las actuaciones procedimentales cumplidas por el declinante, Juzgado de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en Nueva Bolivia; y a los efectos de confirmar si venció el lapso de contestación de la demanda, y para la continuación del proceso, se acuerdó oficiar a dicho Tribunal, a los fines de que realice cómputo preciso y pormenorizado de los días de despacho (es decir, fecha y día) transcurridos en el mismo, desde el 19 de octubre de 2009, exclusive, fecha en que el Alguacil del referido Tribunal consignó la última boleta de citación de la parte demandada, hasta el 09 de noviembre de 2010, inclusive, fecha en que dicho Tribunal remite para ante este Despacho el presente expediente.