Este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNECRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, presentada por la ciudadana MISLAY DEL VALLE URDANETA LIRA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. 15.436.072, domiciliada en la ciudad de el vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, y reconocido por el ciudadano MARCIAL RAUL ATENCIO SANDREA, venezolano, mayor de edad, Casado, titular de la cédula de identidad No. 12.655.050, del mismo domicilio.
Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, contraído en fecha 16-10-1.999, como consta del acta de matri.....