Este Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de La circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por la ciudadana CARMEN SIOMARA ANGULO CALDERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.020.214, domiciliada en La Azulita, Municipio Andrés Bello del Estado Mérida; por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO; contra la sociedad mercantil SEGUROS LA PREVISORA, domiciliada en la ciudad de Caracas. En consecuencia, se condena a la sociedad mercantil aseguradora SEGUROS LA PREVISORA, domiciliada en la ciudad de Caracas, a pagar a la parte actora ciudadana CARMEN SIOMARA ANGULO CALDERON, ya identificada, la cantidad de DIECISIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 17.500,00).
De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimi.....