Este tribunal se abstiene de homologar el precitado convenio por estar contenido en él un monto superior al real demandado a la empresa mercantil FARMACIA MIXTA MORICHAL C. A., RIF: J-30110687-3, representada esta última por el ciudadano JYDDU YOSSIP CAMAUTA VELASQUEZ, ya identificado, y la suma restante no guarda relación con la parte procesal que cita como persona jurídica demandada en el presente juicio. Por todo lo expuesto este tribunal no le imparte su homologación a la transacción extrajudicial celebrada por las partes demandada y actora por documento autenticado por ante La Notaría Pública Primera de Maturín, Estado Monagas, bajo el No. 20, tomo 419, de fecha 12-12-2011. Por cuanto la referida suma
de dinero efectivo representada en el cheque de gerencia en mención es insuficiente para cubrir el monto demandado mediante la acción de cobro ejercida por ante este Juzgado signado con la nomenclatura 1120-11, contra la empresa mercantil FARMACIA MIXTA M.....