Por las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por el ciudadano OSCAR CASTILLO LAGUADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.363.902, 9.392.161, domiciliado en la ciudad de El vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y reconocida por la ciudadana RAQUEL SARMIENTO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. 9.203.127, domiciliada en esta misma ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida en cuanto a la separación y divergente en cuanto a los hijos procreados; Como consecuencia de.....