Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de La circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La ley, DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por la parte actora ciudadana MERLIS YINOSKA PELIGRA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 12.040.645, Inpreabogado No. 130.504, domiciliada en la ciudad de Valera, Estado Trujillo, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ARTURO LUIS ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.521.132, domiciliado en el Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida; por REIVINDICACIÓN, contra la ciudadana MARIA CAROLINA PIÑA PARRA, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida. En consecuencia, no se ordena la entrega del inmueble constituido por una casa para habitación, ubicada en la Urb.....