Por lo que este tribunal Administrando Justicia en nombre de La República y por Autoridad de La Ley DECRETA LA PERENCION BREVE de la presente causa. Se acuerda suspender la medida de embargo preventivo decretada por este tribunal sobre bienes muebles propiedad del demandado, por auto de fecha 03-07-09 y no ejecutada. Se acuerda la notificación del demandante, que una vez que conste en autos su notificación, en el primer día de Despacho siguiente comenzará a correr el lapso para la interposición del recurso de apelación. Declarada firme la presente decisión procédase al archivo del expediente.