Este Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de La circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA POR DESALOJO DE INMUEBLE; interpuesta por la Abogada DUNIA CHIRINOS LAGUNA, titular de la cédula de identidad No. 3.929.732, Inpreabogado No.10.469, domiciliada en El Vigía Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA CAROLINA ZALDINI ARAQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.558.547, domiciliada en la ciudad de Mérida, Municipio Libertador del Estado Mérida, en su condición de arrendadora; por DESALOJO DE INMUEBLE, contra el ciudadano MIGUEL ALBORNOZ PERNIA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. 9.203.561, domiciliado en El Vigía Municipio Alberto Adr.....