este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, la Solicitud de Divorcio formulada, y en consecuencia declara disuelto el vínculo Matrimonial existente entre los Ciudadanos: ANA ROSA SANCHEZ DE GUILLEN Y LUIS ALBERTO GUILLEN UZCATEGUI, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-5.203.650 y V-4.470.753, respectivamente, domiciliados en este Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, debidamente asistidos por los Abogados en ejercicio: KARILY LIZMERDY VERDI RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.047.565, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 187.479 y HUGO JOSE CERRADA AVENDAÑO, titular de la Cédula de Iden.....