DECISION
En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en Nueva Bolivia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Se declara Competente para conocer de la Acción de Amparo. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR La Acción de Amparo Constitucional, solicitada por la Ciudadana: SANDRA MILENA CARRASCAL RUEDAS, mayor de edad, Colombiana, soltera, titular de la cédula de Identidad de Ciudadanía N° E- 37.278.915 y portadora del Pasaporte de la República de Colombia N° FA785788, domiciliada en San Pedro, Parroquia Independencia, Jurisdicción del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida en su carácter de parte agraviada, y asistida de su Apoderado Judicial Abogado EURO ALBERTO LOBO LOBO, titular de la Cédula de Identidad N° 2.624.068, e inscrito en el Instituto.....