L A D I S P O S I T I V A
En fuerza a las razones que anteceden y en mérito al valor jurídico de los mismos, este Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: CON LUGAR la CONFESIÓN FICTA, en que incurrió el demandado JOSE ANTONIO SUAREZ, por no haber realizado la contestación al fondo de la demanda en el lapso legal correspondiente.
Segundo: CON LUGAR la demanda y su reforma de Resolución de Contrato de Arrendamiento y Cobro de Bolívares, interpuesta por NUMAN EDUARDO AVILA DAVILA, Apoderado judicial de JOSÉ JOAQUIN DE JESÚS GONZALEZ MARQUEZ, contra JOSE ANTONIO SUAREZ..
Tercero: Se ratifica la medida de secuestro decretada y ejecutada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial.
Cuarto: Se le ordena al ciudadano JOSE ANTONIO SUAREZ, cancelar .....