JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNCIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Ocho de Marzo de Dos Mil Diez.
199º y 151º
Por recibida la anterior demanda con sus recaudos acompañados, es por lo que se ordena formar expediente, darle entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, vista la demanda propuesta por la ciudadana ZAIDA COROMOTO BARRIOS, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de identidad Nro. 3.994.018, de este domicilio y hábil, asistida en este acto p por el abogado ROMAN JOSE RINCON RAMIREZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.000.000, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 65.926, CONTRA: MARIA INMACULADA NOGUERA DE ROJO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro.10.896.515, de este domicilio y hábil, por VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL Es por lo que se ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por cuanto la misma no es contraria al ord.....