LA DISPOSITIVA
En fundamento y consecuente e invariable con lo anteriormente expuesto, este Juzgado EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA: ------
Primero: Con lugar la demanda de Resolución de Contrato y Cobro de bolívares, incoada por el abogado Edgar Quintero Romero, apoderado judicial de la ciudadana María Betsabe Cañizalas de Salas, contra el ciudadano José Orlando Vivas.
Segundo: Se le ordena al ciudadano José Orlando Vivas, a entregar de forma inmediata el local comercial que ocupa signado con el Nº1, Edificio Casilmari, situado en la Avenida 3, entre calles 34 y 35 de esta Ciudad de Mérida.
Tercero: Se le ordena al ciudadano José Orlando Vivas, a cancelar los cánones de arrendamiento insolutos desde el mes de Enero de 2005 hasta la publicación de la presente sentencia, Mayo 2006, que asciende a un monto total de Cinco Millones Novecientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs.5.950.000,oo).
Cuarto: Se le co.....