En fundamento y consecuente e invariable con lo anteriormente expuesto, este Juzgado EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA: ------
PRIMERO: Con Lugar la Confesión Ficta en que incurrió el ciudadano OMAR JOSE MENDOZA RODRIGUEZ, plenamente identificado en autos. --------------------
SEGUNDO: Con lugar la demanda interpuesta por los apoderados JUAN PEDRO QUINTERO MORENO; DANIEL ENRIQUE QUINTERO SUTIL Y KARIN YOHANNA IBAÑEZ CUELLAR, plenamente identificados en autos, en contra de OMAR JOSÉ MENDOZA RODRIGUEZ. --------------------------------------------------------
TERCERO: Cancelar los conceptos dinerarios reclamados y descritos en el escrito libelar y que se dan por reproducidos en todos y cada una de las partes. ------------
CUARTO: Declarar resuelto el contrato de arrendamiento objeto de esta acción y sin ningún efecto jurídico a partir de la publicación de esta Sentencia. -----------------
QUINTO: Se ratific.....