L A D I S P O S I T I V A
En fuerza a las razones que anteceden y en mérito al valor jurídico de los mismos, este Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: CON LUGAR la CONFESIÓN FICTA, en que incurrió la empresa Constructora RIGUER, parte demandada, representada por el ciudadano José Gregorio Rivas, Director de la empresa, por no haber realizado la contestación al fondo de la demanda en el término previsto en la ley, y no promover ni evacuar prueba alguna que desvirtuara la pretensión del actor.
Segundo: CON LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuesta por la empresa Valores e Inversiones C.A. (VICA), representada por Pablo Javier Celis Vargas, en su carácter de Director Principal, asistido por el abogado Luis José Silva Saldate; Contra la empresa Constructora RIG.....