LA DISPOSITIVA
En fundamento y consecuente e invariable con lo anteriormente expuesto, este Juzgado EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA: --------
Primero: Con lugar la CONFESION FICTA en que incurrió la demandada María Raquel Valderrama de Rondón, por no haber realizado la contestación de la demanda en el lapso legal correspondiente.
Segundo: Con lugar la demanda interpuesta por los ciudadanos Gilberto José Ibarra Martínez y Ana Alicia Lacruz de Ibarra, asistido por el abogado Orlando de Jesús Dávila Ramirez, Contra María Raquel Valderrama de Rondón, por Resolución de Contrato.
Tercero: Se le condena a la parte demandada a cancelar los conceptos dinerarios reclamados y descritos en el escrito libelar y que se dan por reproducidos en todos y cada una de sus partes.
Cuarto: Se le condena a la parte demandada a cancelar las costas y costos del presente procedimiento por resultar totalmente vencida en la p.....